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506.#.#.a: Público

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561.#.#.u: https://www.derecho.unam.mx/

650.#.4.x: Ciencias Sociales y Económicas

336.#.#.b: article

336.#.#.3: Artículo de Investigación

336.#.#.a: Artículo

351.#.#.6: https://revistas.unam.mx/index.php/rfdm/

351.#.#.b: Revista de la Facultad de Derecho de México

351.#.#.a: Artículos

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270.1.#.p: Revistas UNAM. Dirección General de Publicaciones y Fomento Editorial, UNAM en revistas@unam.mx

590.#.#.c: Open Journal Systems (OJS)

270.#.#.d: MX

270.1.#.d: México

590.#.#.b: Concentrador

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883.#.#.a: Revistas UNAM

590.#.#.a: Coordinación de Difusión Cultural

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850.#.#.a: Universidad Nacional Autónoma de México

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100.1.#.a: Mayer, Heinz

524.#.#.a: Mayer, Heinz (2005). TEORÍA DE LA ESTRUCTURA ESCALONADA DEL ORDEN JURÍDICO. Revista de la Facultad de Derecho de México; Vol. 55 Núm. 244, 2005; 259-269. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/53753

245.1.0.a: TEORÍA DE LA ESTRUCTURA ESCALONADA DEL ORDEN JURÍDICO

502.#.#.c: Universidad Nacional Autónoma de México

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653.#.#.a: Estructura escalonada del orden jurídico

506.1.#.a: La titularidad de los derechos patrimoniales de esta obra pertenece a las instituciones editoras. Su uso se rige por una licencia Creative Commons BY-NC-SA 4.0 Internacional, https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/legalcode.es, para un uso diferente consultar al responsable jurídico del repositorio por medio del correo electrónico revista@derecho.unam.mx

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041.#.7.h: spa

520.3.#.a: La teoría de la estructura escalonada del orden jurídico es el resultado obtenido de un estudio profundo de la teoría pura del derecho de Hans Kelsen. Mientras que la obra fundamental de esta teoría jurídica “Problemas capitales de la teoría jurídica del Estado” realizó un análisis jurídico estadístico en su primera edición en 1911, en la introducción a la segunda edición, publicada en 1923, ya se podía verque Kelsen aceptaba totalmente la importancia de hacer una valoración jurídica dinámica. Kelsen declaró abiertamente:“El mérito de haber reconocido y representado el orden jurídico como un sistema genético de normas jurídicas que avanzan de forma concreta y por escalones desde la Constitución, a través de la ley, la disposición y otros escalones intermedios, hasta llegar al acto jurídicoindividual de ejecución, le corresponde a Adolf Merkl”.Kelsen valora tan altamente la acepción “enérgica” de la dinámica jurídica de Merkl, que lo considera como cofundador de su teoría pura del derecho. En realidad, ya en 1917 Merkl creó la base de una dinámica jurídica, a través de dos artículos: “La doble faz del derecho” y “El derecho a la luz de su aplicación”, con los que dio un paso fundamental hacia la teoría del escalonamiento. La formulación final de la teoría de Merkl se encuentra en su famoso estudio titulado “Prolegómeno de una teoría de la estructura escalonada del orden jurídico”.El mismo Kelsen no consideró su estudio como un sistema acabado; estaba convencido de que su teoría no estaba concluida aún. De manera que en una nota aclaratoria que hiciera al final del estudio citado, Merkl escribió que preparaba una monografía sobre el escalonamiento jurídico, para lo cual, el “Prolegómeno” debía considerarse sólo como “un prefacio aclaratorio”; sin embargo, no llegó a realizar dicha monografía y en su obra posterior, no hizo ningún otro análisis que le diera continuidad al tema.Hans Kelsen pensaba algo distinto; desde la primera edición de la Teoría pura del derecho realizada en 1934, le dedicó un amplio espacio a la teoría del escalonamiento. Por supuesto, no llegó a perfeccionar el nivel en que se encontraba el estudio de Merkl, pero sí aportó a esta teoría una fundamentación importante en cuanto al problema de la interpretación.En ningún momento se determina plenamente la relaciónentre las normas del escalón más alto y las del escalón más bajo del orden jurídico. De ello se deriva que la interpretación sólo permite reconocer un marco jurídico.La continuación del trabajo iniciado por Merkl en su “Prolegómeno”, se lo agradecemos al trabajo de perfeccionamiento realizado por Robert Walter, quien lo continuó desarrollando principalmente en su obra titulada “La estructuración del orden jurídico”, publicada en 1964, y más adelante, abordando de diversas maneras la tesis de Merkl, aplicándola al orden jurídico austríaco y defendiéndola de la simplificación, la mala interpretación y la polémica. Los análisis posteriores parten de este nivel de la teoría; persiguen hacer un bosquejo de sus principales ideas y aclarar su significado para la dogmática actual. ¿Qué significa pues la “teoría de la estructura escalonada del orden jurídico?

773.1.#.t: Revista de la Facultad de Derecho de México; Vol. 55 Núm. 244 (2005); 259-269

773.1.#.o: https://revistas.unam.mx/index.php/rfdm/

022.#.#.a: ISSN: 1870-8722; ISSN electrónico: 2448-8933

310.#.#.a: Cuatrimestral

300.#.#.a: Páginas: 259-269

264.#.1.b: Facultad de Derecho, UNAM

doi: https://doi.org/10.22201/fder.24488933e.2005.244.61578

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245.1.0.b: TEORÍA DE LA ESTRUCTURA ESCALONADA DEL ORDEN JURÍDICO

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No entro en nada 2

Artículo

TEORÍA DE LA ESTRUCTURA ESCALONADA DEL ORDEN JURÍDICO

Mayer, Heinz

Facultad de Derecho, UNAM, publicado en Revista de la Facultad de Derecho de México, y cosechado de Revistas UNAM

Licencia de uso

Procedencia del contenido

Cita

Mayer, Heinz (2005). TEORÍA DE LA ESTRUCTURA ESCALONADA DEL ORDEN JURÍDICO. Revista de la Facultad de Derecho de México; Vol. 55 Núm. 244, 2005; 259-269. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/53753

Descripción del recurso

Autor(es)
Mayer, Heinz
Tipo
Artículo de Investigación
Área del conocimiento
Ciencias Sociales y Económicas
Título
TEORÍA DE LA ESTRUCTURA ESCALONADA DEL ORDEN JURÍDICO
Fecha
2017-08-24
Resumen
La teoría de la estructura escalonada del orden jurídico es el resultado obtenido de un estudio profundo de la teoría pura del derecho de Hans Kelsen. Mientras que la obra fundamental de esta teoría jurídica “Problemas capitales de la teoría jurídica del Estado” realizó un análisis jurídico estadístico en su primera edición en 1911, en la introducción a la segunda edición, publicada en 1923, ya se podía verque Kelsen aceptaba totalmente la importancia de hacer una valoración jurídica dinámica. Kelsen declaró abiertamente:“El mérito de haber reconocido y representado el orden jurídico como un sistema genético de normas jurídicas que avanzan de forma concreta y por escalones desde la Constitución, a través de la ley, la disposición y otros escalones intermedios, hasta llegar al acto jurídicoindividual de ejecución, le corresponde a Adolf Merkl”.Kelsen valora tan altamente la acepción “enérgica” de la dinámica jurídica de Merkl, que lo considera como cofundador de su teoría pura del derecho. En realidad, ya en 1917 Merkl creó la base de una dinámica jurídica, a través de dos artículos: “La doble faz del derecho” y “El derecho a la luz de su aplicación”, con los que dio un paso fundamental hacia la teoría del escalonamiento. La formulación final de la teoría de Merkl se encuentra en su famoso estudio titulado “Prolegómeno de una teoría de la estructura escalonada del orden jurídico”.El mismo Kelsen no consideró su estudio como un sistema acabado; estaba convencido de que su teoría no estaba concluida aún. De manera que en una nota aclaratoria que hiciera al final del estudio citado, Merkl escribió que preparaba una monografía sobre el escalonamiento jurídico, para lo cual, el “Prolegómeno” debía considerarse sólo como “un prefacio aclaratorio”; sin embargo, no llegó a realizar dicha monografía y en su obra posterior, no hizo ningún otro análisis que le diera continuidad al tema.Hans Kelsen pensaba algo distinto; desde la primera edición de la Teoría pura del derecho realizada en 1934, le dedicó un amplio espacio a la teoría del escalonamiento. Por supuesto, no llegó a perfeccionar el nivel en que se encontraba el estudio de Merkl, pero sí aportó a esta teoría una fundamentación importante en cuanto al problema de la interpretación.En ningún momento se determina plenamente la relaciónentre las normas del escalón más alto y las del escalón más bajo del orden jurídico. De ello se deriva que la interpretación sólo permite reconocer un marco jurídico.La continuación del trabajo iniciado por Merkl en su “Prolegómeno”, se lo agradecemos al trabajo de perfeccionamiento realizado por Robert Walter, quien lo continuó desarrollando principalmente en su obra titulada “La estructuración del orden jurídico”, publicada en 1964, y más adelante, abordando de diversas maneras la tesis de Merkl, aplicándola al orden jurídico austríaco y defendiéndola de la simplificación, la mala interpretación y la polémica. Los análisis posteriores parten de este nivel de la teoría; persiguen hacer un bosquejo de sus principales ideas y aclarar su significado para la dogmática actual. ¿Qué significa pues la “teoría de la estructura escalonada del orden jurídico?
Tema
Estructura escalonada del orden jurídico
Idioma
spa
ISSN
ISSN: 1870-8722; ISSN electrónico: 2448-8933

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