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506.#.#.a: Público

590.#.#.d: Cada artículo es evaluado mediante una revisión ciega única

510.0.#.a: Arts and Humanities Citation Index, Revistes Cientifiques de Ciencies Socials Humanitais (CARHUS Plus); Latinoamericanas en Ciencias Sociales y Humanidades (CLASE); Directory of Open Access Journals (DOAJ); European Reference Index for the Humanities (ERIH PLUS); Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal (Latindex); SCOPUS, Journal Storage (JSTOR); The Philosopher’s Index, Ulrich’s Periodical Directory

561.#.#.u: https://www.filosoficas.unam.mx/

650.#.4.x: Artes y Humanidades

336.#.#.b: article

336.#.#.3: Artículo de Investigación

336.#.#.a: Artículo

351.#.#.6: https://critica.filosoficas.unam.mx/index.php/critica

351.#.#.b: Crítica. Revista Hispanoamericana de Filosofía

351.#.#.a: Artículos

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270.1.#.p: Revistas UNAM. Dirección General de Publicaciones y Fomento Editorial, UNAM en revistas@unam.mx

590.#.#.c: Open Journal Systems (OJS)

270.#.#.d: MX

270.1.#.d: México

590.#.#.b: Concentrador

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883.#.#.a: Revistas UNAM

590.#.#.a: Coordinación de Difusión Cultural

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506.1.#.a: La titularidad de los derechos patrimoniales de esta obra pertenece a las instituciones editoras. Su uso se rige por una licencia Creative Commons BY-NC-ND 4.0 Internacional, https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode.es, para un uso diferente consultar al responsable jurídico del repositorio por medio del correo electrónico alberto@filosoficas.unam.mx

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001.#.#.#: 034.oai:ojs2.132.248.184.97:article/778

041.#.7.h: eng

520.3.#.a: El trabajo consiste en examinar la posibilidad de que, en la arqueología, se den explicaciones que recurran a leyes. Muchos arqueólogos trataron de convencer a sus colegas de que adoptaran el modelo nomológico-deductivo de explicación y el modelo hipotético deductivo de confirmación, siguiendo la propuesta de Hempel. Otros arqueólogos, como Tuggle, han recurrido a un modelo alternativo de explicación basado en el llamado “acercamiento de sistemas”; este último modelo supone regularidades en lugar de leyes. Los arqueólogos han tratado de responder a la pregunta de por que un objeto o una característica de un objeto se encuentran en un contexto arqueológico dado. Las respuestas a menudo se dan recurriendo a “la función” del objeto o de la característica del objeto. De este manera, la adscripción de una función provee el nexo fundamentalmente entre los objetos que persisten y la conducta de las personas que nos son conocidas a través de esos objetos. Los problemas acerca de la justificación de la adscripción de funciones están relacionados con la cuestión sobre la posibilidad de explicar recurriendo a leyes. Para algunos autores, que no siguen el modelo hempeliano, explicar recurriendo a leyes es explicar “causalmente”. Uno de los autores que defiende esta posición es Larry Wright, quien afirma que cuando adscribimos una función a un artefacto hecho por humanos estamos diciendo que el objeto fue seleccionado, diseñado, creado, o modificado para llevar a cabo una consecuencia deseada. Esta afirmación nos dice algo acerca de por que el objeto es o llegó a ser, o tiene la forma que tiene. De esta manera, las adscripciones funcionales nos dicen algo sobre la historia causal del objeto, es decir, las explicaciones funcionales recurren a una etiología causal. La fuerza explicativa de las adscripciones funcionales depende de la distinción entre la función de un objeto o de una característica del objeto y un uso propositivo, pero que es accidental o incidental. Una pregunta que surge después de haber analizado lo que significa adscribir una función es: ¿Ias explicaciones de adscripción de función dependen de leyes? Una manera de contestar la pregunta es tratar de ajustar las explicaciones de adscripción de función al modelo hempeliano. El problema con este modelo es que siempre pueden surgir equivalentes funcionales. Otra respuesta la da Wright, para quien el problema de las leyes esta conectado con la causalidad y no con la característica estructural de la explicación. Ahora bien, para Wright una relación causal no tiene por que ser entendida en términos de condiciones necesarias y suficientes. Esta posición nos permite afirmar que las leyes causales no tienen que ser detenninistas, sino que admiten cláusulas ceteris paribus. Muchos críticos del uso de leyes en ciencias sociales han afirmado que las cláusulas ceteris paribus, en esas disciplinas, son demasiado vagas y ambiguas. Otros arqueólogos han recurrido, en la arqueología, a las leyes físicas y biológicas para evitar los problemas relacionados con las leyes de la conducta, sin embargo este intento ha fracasado porque al arqueólogo le interesan las acciones humanas propositivas. Por esta razón el proyecto de explicar los materiales arqueológicos en términos de la conducta de los hombres no es errado. Prácticamente el debate actual se ha dado dentro de esta posición. El debate lo han llevado a cabo dos grupos de arqueólogos: los nuevos arqueólogos científicos, que buscan explicaciones recurriendo a leyes y los arqueólogos posprocesalistas humanistas, que buscan “entender”, ignorando el asunto de las leyes. El desacuerdo entre estos dos grupos es acerca de la evidencia que se necesita para fundamentar una adscripción de función. Los dos grupos no están de acuerdo en los puntos siguientes: (1) la importancia de los aspectos simbólicos o expresivos de la conducta humana para adquirir una comprensión o explicación de las personas que nos son conocidas por sus objetos persistentes; (2) la viabilidad y la calidad de la evidencia que tenemos para fundamentar las generalizaciones (o leyes) que necesitarnos para comprender o explicar los hallazgos arqueológicos en términos de una conducta simbólica. Ahora bien, esta disputa no puede ser interpretada como una falta de interés de los arqueólogos en los modelos de explicación de la ciencia. Más bien, podemos interpretar el abismo que separa a estos grupos como un profundo desacuerdo entre dos clases de leyes que pueden explicar el fenómeno arqueológico. [Paulette Dieterlen]

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773.1.#.o: https://critica.filosoficas.unam.mx/index.php/critica

022.#.#.a: ISSN electrónico: 1870-4905; ISSN impreso: 0011-1503

310.#.#.a: Cuatrimestral

300.#.#.a: Páginas: 87-114

264.#.1.b: Instituto de Investigaciones Filosóficas, UNAM

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245.1.0.b: On the Possibility of Lawful Explanation in Archaeology

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No entro en nada

No entro en nada 2

Artículo

Sobre la posibilidad de la explicación legal en arqueología

Salmon, Merrilee H.

Instituto de Investigaciones Filosóficas, UNAM, publicado en Crítica. Revista Hispanoamericana de Filosofía, y cosechado de Revistas UNAM

Licencia de uso

Procedencia del contenido

Cita

Salmon, Merrilee H. (1990). Sobre la posibilidad de la explicación legal en arqueología. Crítica. Revista Hispanoamericana de Filosofía; Vol. 22 Núm. 66, 1990; 87-114. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/4115541

Descripción del recurso

Autor(es)
Salmon, Merrilee H.
Tipo
Artículo de Investigación
Área del conocimiento
Artes y Humanidades
Título
Sobre la posibilidad de la explicación legal en arqueología
Fecha
2018-12-13
Resumen
El trabajo consiste en examinar la posibilidad de que, en la arqueología, se den explicaciones que recurran a leyes. Muchos arqueólogos trataron de convencer a sus colegas de que adoptaran el modelo nomológico-deductivo de explicación y el modelo hipotético deductivo de confirmación, siguiendo la propuesta de Hempel. Otros arqueólogos, como Tuggle, han recurrido a un modelo alternativo de explicación basado en el llamado “acercamiento de sistemas”; este último modelo supone regularidades en lugar de leyes. Los arqueólogos han tratado de responder a la pregunta de por que un objeto o una característica de un objeto se encuentran en un contexto arqueológico dado. Las respuestas a menudo se dan recurriendo a “la función” del objeto o de la característica del objeto. De este manera, la adscripción de una función provee el nexo fundamentalmente entre los objetos que persisten y la conducta de las personas que nos son conocidas a través de esos objetos. Los problemas acerca de la justificación de la adscripción de funciones están relacionados con la cuestión sobre la posibilidad de explicar recurriendo a leyes. Para algunos autores, que no siguen el modelo hempeliano, explicar recurriendo a leyes es explicar “causalmente”. Uno de los autores que defiende esta posición es Larry Wright, quien afirma que cuando adscribimos una función a un artefacto hecho por humanos estamos diciendo que el objeto fue seleccionado, diseñado, creado, o modificado para llevar a cabo una consecuencia deseada. Esta afirmación nos dice algo acerca de por que el objeto es o llegó a ser, o tiene la forma que tiene. De esta manera, las adscripciones funcionales nos dicen algo sobre la historia causal del objeto, es decir, las explicaciones funcionales recurren a una etiología causal. La fuerza explicativa de las adscripciones funcionales depende de la distinción entre la función de un objeto o de una característica del objeto y un uso propositivo, pero que es accidental o incidental. Una pregunta que surge después de haber analizado lo que significa adscribir una función es: ¿Ias explicaciones de adscripción de función dependen de leyes? Una manera de contestar la pregunta es tratar de ajustar las explicaciones de adscripción de función al modelo hempeliano. El problema con este modelo es que siempre pueden surgir equivalentes funcionales. Otra respuesta la da Wright, para quien el problema de las leyes esta conectado con la causalidad y no con la característica estructural de la explicación. Ahora bien, para Wright una relación causal no tiene por que ser entendida en términos de condiciones necesarias y suficientes. Esta posición nos permite afirmar que las leyes causales no tienen que ser detenninistas, sino que admiten cláusulas ceteris paribus. Muchos críticos del uso de leyes en ciencias sociales han afirmado que las cláusulas ceteris paribus, en esas disciplinas, son demasiado vagas y ambiguas. Otros arqueólogos han recurrido, en la arqueología, a las leyes físicas y biológicas para evitar los problemas relacionados con las leyes de la conducta, sin embargo este intento ha fracasado porque al arqueólogo le interesan las acciones humanas propositivas. Por esta razón el proyecto de explicar los materiales arqueológicos en términos de la conducta de los hombres no es errado. Prácticamente el debate actual se ha dado dentro de esta posición. El debate lo han llevado a cabo dos grupos de arqueólogos: los nuevos arqueólogos científicos, que buscan explicaciones recurriendo a leyes y los arqueólogos posprocesalistas humanistas, que buscan “entender”, ignorando el asunto de las leyes. El desacuerdo entre estos dos grupos es acerca de la evidencia que se necesita para fundamentar una adscripción de función. Los dos grupos no están de acuerdo en los puntos siguientes: (1) la importancia de los aspectos simbólicos o expresivos de la conducta humana para adquirir una comprensión o explicación de las personas que nos son conocidas por sus objetos persistentes; (2) la viabilidad y la calidad de la evidencia que tenemos para fundamentar las generalizaciones (o leyes) que necesitarnos para comprender o explicar los hallazgos arqueológicos en términos de una conducta simbólica. Ahora bien, esta disputa no puede ser interpretada como una falta de interés de los arqueólogos en los modelos de explicación de la ciencia. Más bien, podemos interpretar el abismo que separa a estos grupos como un profundo desacuerdo entre dos clases de leyes que pueden explicar el fenómeno arqueológico. [Paulette Dieterlen]
Idioma
eng
ISSN
ISSN electrónico: 1870-4905; ISSN impreso: 0011-1503

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