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650.#.4.x: Ciencias Sociales y Económicas

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520.3.#.a: LA LEY Fundamental de la República Federal de Alemania, de 23 de mayo de 1949, fue aprobada en Bonn por el Consejo Parlamentario (Parlamentarischer Rat) constituido meses antes bajo la supervisión de las autoridades de ocupación. Los precedentes constitucionales fueron la Constitución Imperial de 1871 y la de Weimar de 1919. La Ley Fundamental recibe este nombre porque Alemania no era un país plenamente soberano sino un país ocupado, y las potencias occidentales realizaron indicaciones para la configuración del sistema que se entendía provisional.La influencia de juristas extranjeros, especialmente norteamericanos y franceses, fue decisiva en la configuración constitucional alemana. La reunificación de Alemania se llevó a cabo a nivel jurídico por el Tratado entre la República Federal de Alemania y la República Democrática Alemana sobre el establecimiento de la unidad de Alemania (1990).No se realizó siguiendo la vía prevista en el artículo 146 de la Ley Fundamental, es decir, a través de la sanción de una Constitución por parte del pueblo alemán unificado, sino a través del ingreso de la República Democrática en la Federal, según lo establecido en el artículo 23 de la Ley Fundamental. El Tratado de Unificación fue aprobado por las cuatro potencias de ocupación a través del Tratado sobre la regulación definitiva con respecto a Alemania (1990), firmado por ellas y los representantes de las dos “Alemanias”. Esta aprobación de los aliados era necesaria porque en el momento de la reunificación tanto la República Federal como la República Democrática tenían sólo una soberanía limitada. Con la firma del Tratado sobre la regulación definitiva con respecto a Alemania se consiguió la soberanía plena.La República Federal de Alemania se configura como un Estado de Derecho, federal, democrático y social. Se estructura en la Federación y los Länder. El orden constitucional de los Länder debe responder a los principios del Estado de derecho republicano, democrático y social.

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310.#.#.a: Cuatrimestral

300.#.#.a: Páginas: 319-333

264.#.1.b: Facultad de Derecho, UNAM

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Artículo

NOTAS ESENCIALES SOBRE EL SISTEMA CONSTITUCIONAL ALEMÁN. ESPECIAL CONSIDERACIÓN A LA JURISPRUDENCIA DEL BUNDESVERFASSUNGSGERICHT

Velasco, Guillermo

Facultad de Derecho, UNAM, publicado en Revista de la Facultad de Derecho de México, y cosechado de Revistas UNAM

Licencia de uso

Procedencia del contenido

Cita

Velasco, Guillermo (2007). NOTAS ESENCIALES SOBRE EL SISTEMA CONSTITUCIONAL ALEMÁN. ESPECIAL CONSIDERACIÓN A LA JURISPRUDENCIA DEL BUNDESVERFASSUNGSGERICHT. Revista de la Facultad de Derecho de México; Vol. 57 Núm. 247, 2007; 319-333. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/4146722

Descripción del recurso

Autor(es)
Velasco, Guillermo
Tipo
Artículo de Investigación
Área del conocimiento
Ciencias Sociales y Económicas
Título
NOTAS ESENCIALES SOBRE EL SISTEMA CONSTITUCIONAL ALEMÁN. ESPECIAL CONSIDERACIÓN A LA JURISPRUDENCIA DEL BUNDESVERFASSUNGSGERICHT
Fecha
2017-08-11
Resumen
LA LEY Fundamental de la República Federal de Alemania, de 23 de mayo de 1949, fue aprobada en Bonn por el Consejo Parlamentario (Parlamentarischer Rat) constituido meses antes bajo la supervisión de las autoridades de ocupación. Los precedentes constitucionales fueron la Constitución Imperial de 1871 y la de Weimar de 1919. La Ley Fundamental recibe este nombre porque Alemania no era un país plenamente soberano sino un país ocupado, y las potencias occidentales realizaron indicaciones para la configuración del sistema que se entendía provisional.La influencia de juristas extranjeros, especialmente norteamericanos y franceses, fue decisiva en la configuración constitucional alemana. La reunificación de Alemania se llevó a cabo a nivel jurídico por el Tratado entre la República Federal de Alemania y la República Democrática Alemana sobre el establecimiento de la unidad de Alemania (1990).No se realizó siguiendo la vía prevista en el artículo 146 de la Ley Fundamental, es decir, a través de la sanción de una Constitución por parte del pueblo alemán unificado, sino a través del ingreso de la República Democrática en la Federal, según lo establecido en el artículo 23 de la Ley Fundamental. El Tratado de Unificación fue aprobado por las cuatro potencias de ocupación a través del Tratado sobre la regulación definitiva con respecto a Alemania (1990), firmado por ellas y los representantes de las dos “Alemanias”. Esta aprobación de los aliados era necesaria porque en el momento de la reunificación tanto la República Federal como la República Democrática tenían sólo una soberanía limitada. Con la firma del Tratado sobre la regulación definitiva con respecto a Alemania se consiguió la soberanía plena.La República Federal de Alemania se configura como un Estado de Derecho, federal, democrático y social. Se estructura en la Federación y los Länder. El orden constitucional de los Länder debe responder a los principios del Estado de derecho republicano, democrático y social.
Tema
Sistema Constitucional Alemán; Influencia en la ley Fundamental Alemana; Soberanía Alemana Limitada; Inspiración norteamericana y francesa en la constitución
Idioma
spa
ISSN
ISSN: 1870-8722; ISSN electrónico: 2448-8933

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