dor_id: 4115804

506.#.#.a: Público

590.#.#.d: Cada artículo es evaluado mediante una revisión ciega única

510.0.#.a: Arts and Humanities Citation Index, Revistes Cientifiques de Ciencies Socials Humanitais (CARHUS Plus); Latinoamericanas en Ciencias Sociales y Humanidades (CLASE); Directory of Open Access Journals (DOAJ); European Reference Index for the Humanities (ERIH PLUS); Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal (Latindex); SCOPUS, Journal Storage (JSTOR); The Philosopher’s Index, Ulrich’s Periodical Directory

561.#.#.u: https://www.filosoficas.unam.mx/

650.#.4.x: Artes y Humanidades

336.#.#.b: article

336.#.#.3: Artículo de Investigación

336.#.#.a: Artículo

351.#.#.6: https://critica.filosoficas.unam.mx/index.php/critica

351.#.#.b: Crítica. Revista Hispanoamericana de Filosofía

351.#.#.a: Artículos

harvesting_group: RevistasUNAM

270.1.#.p: Revistas UNAM. Dirección General de Publicaciones y Fomento Editorial, UNAM en revistas@unam.mx

590.#.#.c: Open Journal Systems (OJS)

270.#.#.d: MX

270.1.#.d: México

590.#.#.b: Concentrador

883.#.#.u: https://revistas.unam.mx/catalogo/

883.#.#.a: Revistas UNAM

590.#.#.a: Coordinación de Difusión Cultural

883.#.#.1: https://www.publicaciones.unam.mx/

883.#.#.q: Dirección General de Publicaciones y Fomento Editorial

850.#.#.a: Universidad Nacional Autónoma de México

856.4.0.u: https://critica.filosoficas.unam.mx/index.php/critica/article/view/128/120

100.1.#.a: Gram, M.S.

524.#.#.a: Gram, M.S. (1971). Lewis and the Possibility of Conceptual Analysis. Crítica. Revista Hispanoamericana de Filosofía; Vol. 5 Núm. 15, 1971; 83-105. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/4115804

245.1.0.a: Lewis and the Possibility of Conceptual Analysis

502.#.#.c: Universidad Nacional Autónoma de México

561.1.#.a: Instituto de Investigaciones Filosóficas, UNAM

264.#.0.c: 1971

264.#.1.c: 2018-10-30

506.1.#.a: La titularidad de los derechos patrimoniales de esta obra pertenece a las instituciones editoras. Su uso se rige por una licencia Creative Commons BY-NC-ND 4.0 Internacional, https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode.es, para un uso diferente consultar al responsable jurídico del repositorio por medio del correo electrónico alberto@filosoficas.unam.mx

884.#.#.k: https://critica.filosoficas.unam.mx/index.php/critica/article/view/128

001.#.#.#: 034.oai:ojs2.132.248.184.97:article/128

041.#.7.h: eng

520.3.#.a: No me interesa saber si los problemas tradicionales de la metafísica pueden ser asimilados a los problemas de la clasificación. Lo que sí me interesa es examinar el modelo de análisis conforme al cual C.I. Lewis propone establecer los principios por medio de los cuales organizamos nuestra experiencia. Además quiero descubrir las propiedades que Lewis le atribuye a su modelo de análisis, y, por último, preguntarme si el análisis conceptual puede, en efecto, tener las propiedades asignadas por Lewis. Antes de entrar a examinar la teoría de Lewis consideremos ciertas cuestiones preliminares: a) Examinar el dominio de objetos del análisis categorial. Según Lewis lo que hacemos al analizar las categorías es informar acerca de lo que él llama significados intensionales, y éstos no son reducibles ni a palabras ni a cosas. b) ¿Cómo se distingue una categoría de los demás significados intenscionales? Lewis nos dice que éstas son clasificaciones de un tipo de realidad: los conceptos básicos que determinan las clases mayores de lo real. Pero esto no nos sirve para su distinción, ya que para él todo concepto es una clasificación de algún tipo de realidad. Entonces, la distinción entre categoría y concepto nos remitiría al problema de encontrar un criterio para decidir lo que es un concepto básico. Las propiedades del análisis conceptual son: a) El análisis de categorías se expresa por medio de proposiciones analíticas. Es difícil entender por qué debe ser el análisis conceptual analítico, según la teoría de Lewis. El que sea analítico es una consecuencia de lo que Lewis entiende por analiticidad, el énfasis es analítico porque expresa una identidad de significados. b) La oración explicativa se distingue de la abreviación porque ella no relaciona meramente un símbolo con otro. No se puede cambiar la identidad de significados al cambiar los símbolos que se usan para expresarla; la oración explicativa relaciona un significado con otro significado. c) Por último, las oraciones explicativas se distinguen de las definiciones de diccionario en que éstas son sintéticas, mientras que aquellas son analíticas, ya que expresan una identidad de significados. Las dificultades que presenta esta teoría son: a) Si el análisis expresa la relación entre dos significados, entonces los significados en cuestión no serían el mismo, y entonces no sería ya un análisis. Por mi parte, considero que la relación de significados en una oración explicativa es la relación que todo significado tiene consigo mismo, esto es: la relación de identidad. Pero si esto es así, ¿en qué sentido sería informativo un análisis? Seríamos informados acerca de las expresiones lingüísticas que se usan para expresar la identidad, pero esta clase de información no es la que se supone que un análisis nos da. (Esta teoría, presentada de esa manera, no puede explicar de qué manera un análisis categorial nos puede decir algo más en el analysandum de lo que es expresado en el analysans.) Esta información es lingüística; pero a pesar de este hecho no reducimos el análisis categorial a una mera afirmación acerca de palabras; sostengo que el análisis exhibe una relación lingüística de la cual no somos conscientes. Las exhibiciones de dichas relaciones, no obstante que pertenecen a las palabras, son diferentes de las afirmaciones sobre palabras (lingüísticas). Podemos tener varios grados de claridad acerca de los significados que poseemos; lo que hace el análisis categorial es establecer explícitamente lo que todos los que conciben un cierto concepto conocen implícitamente cuando clasifican una experiencia. La posesión implícita de un concepto consiste en la habilidad que se tiene para dar un análisis parcial de él, esto es, cuando podemos dar algunas reglas (u otras que deducimos) cuando usamos una palabra. Si siguiendo a Lewis entendemos por significado de un término la intención lógica, ésta consistiría en todas las consecuencias lógicas que se siguen de tal término. De la misma manera como no conocemos todas las consecuencias lógicas de los términos, así no sabemos el significado total de los términos que usamos. Siguiendo a Lewis, ¿en qué sentido sería informativo el análisis que estableciera estas consecuencias? Este problema no puede ser resuelto sin abandonar la teoría del significado de Lewis. La teoría alternativa que propongo se distingue de la de Lewis en que: a) Rechaza que la noción de significado intensional sea un término primitivo; en su lugar propongo la habilidad que se tiene para aplicar las palabras: la capacidad para aplicar correctamente una palabra a ciertos objetos y rehusar aplicarla a otros. b) La relación entre analysans y analysandum no es entre significados, sino que consiste en una relación entre una palabra que es mencionada y otras expresiones que nombran o describen los procedimientos para explicarla. c) La tercera diferencia radica en que la relación entre el analysandum y el analysans no es una relación necesaria; no se origina ninguna contradicción si aplicamos una palabra y no aceptamos las reglas que convencionalmente gobiernan su aplicación. En otras palabras, el análisis es un enunciado lógicamente contingente. d) Por último, siguiendo a Lewis no era posible explicar de qué manera un análisis es informativo de manera diferente a como lo es una información meramente lingüística. Un análisis es informativo en el sentido de que busca formular todas las reglas que gobiernan la aplicación de la palabra. Todo aquél que tiene un concepto conoce algunas de las reglas para aplicar una palabra, pero de esto no se sigue que conozca la mayoría de las reglas. Ejemplo: el concepto de posibilidad; para aplicar la palabra “posible” usamos diferentes reglas. Se puede objetar esta teoría y decir que pueden variar los criterios para aplicar una palabra y mantenerse el significado, por ejemplo: son diferentes los criterios de aplicación que tiene un zoólogo para la palabra “ballena” de los que tiene un lego y, sin embargo, el significado de “ballena” es el mismo. En este caso, lo que no cambia es el objeto significado, pero de esto no se sigue que el concepto permanezca siendo el mismo. Otra objeción a mi tesis es la que afirmaría que lo que sostiene es que se puede tener el concepto de f cuando se han dado las reglas para aplicar la palabra a las f’s, pero que el concepto de las reglas para aplicar la palabra no es el mismo que el concepto al cual se le aplica la palabra. Esta objeción confunde evidentemente el concepto de la regla con el concepto de la cosa al cual se le aplica la regla. La inferencia hecha en esta objeción es ilícita. Lo que sostengo es que mi concepto de f es analizable por una palabra que denota f junto con las reglas para la aplicación de la palabra. Pero de esto no se sigue que mi concepto de f es mi concepto de las reglas para aplicar las palabras a las f’s, sólo se sigue que mi concepto de f consiste en las reglas mismas como distintas de mi concepto de esas reglas. Podría haber aún un oponente insatisfecho que ofreciera la objeción siguiente a mi tesis: decir que asumo la postura que rechazo. En otras palabras, que la formulación de las reglas para aplicar una palabra asume una oración explicativa. La idea de una relación de implicación entre palabras no asume una teoría sobre los conceptos, pues la comprensión de lo que es una implicación lógica no presupone una comprensión previa de lo que es un concepto. Lo que sí se asume es que sí hay una implicación lógica entre las reglas para la aplicación de palabras. Aún puede haber otra objeción: la traducción de las oraciones del lenguaje natural a un cálculo formal asume la comprensión de los significados de las expresiones. ¿Se asume la noción de significado intensional al explicar la relación de implicación lógica? Por ejemplo: ¿”hermano” implica “varón célibe”? Lo que sí se asume es que hay expresiones en el lenguaje natural que son intercambiables; esto no es lo mismo que decir que los casos de expresiones intercambiables son casos de identidad de conceptos. Es cierto que existen problemas para dar un criterio efectivo para poder descubrir si dos expresiones son en efecto intercambiables, pero esto es enteramente otro problema. Lo que sostengo es que la mera introducción de definiciones como un medio para explicar nuestro conocimiento de la implicación lógica, no asume definiciones explicativas en el sentido en que lo sostiene la tesis de Lewis.

773.1.#.t: Crítica. Revista Hispanoamericana de Filosofía; Vol. 5 Núm. 15 (1971); 83-105

773.1.#.o: https://critica.filosoficas.unam.mx/index.php/critica

022.#.#.a: ISSN electrónico: 1870-4905; ISSN impreso: 0011-1503

310.#.#.a: Cuatrimestral

300.#.#.a: Páginas: 83-105

264.#.1.b: Instituto de Investigaciones Filosóficas, UNAM

doi: https://doi.org/10.22201/iifs.18704905e.1971.128

handle: 00c4d8a915e10741

harvesting_date: 2023-08-23 17:00:00.0

856.#.0.q: application/pdf

file_creation_date: 2010-10-14 00:14:47.0

file_modification_date: 2010-10-31 20:14:22.0

file_creator: Claudia Chavez

file_name: 263656729ca199d931300ca082565da052908c2559c65cfe4640b04ec475f09f.pdf

file_pages_number: 23

file_format_version: application/pdf; version=1.6

file_size: 588274

245.1.0.b: Lewis and the Possibility of Conceptual Analysis

last_modified: 2023-08-23 17:00:00

license_url: https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode.es

license_type: by-nc-nd

No entro en nada

No entro en nada 2

Artículo

Lewis and the Possibility of Conceptual Analysis

Gram, M.S.

Instituto de Investigaciones Filosóficas, UNAM, publicado en Crítica. Revista Hispanoamericana de Filosofía, y cosechado de Revistas UNAM

Licencia de uso

Procedencia del contenido

Cita

Gram, M.S. (1971). Lewis and the Possibility of Conceptual Analysis. Crítica. Revista Hispanoamericana de Filosofía; Vol. 5 Núm. 15, 1971; 83-105. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/4115804

Descripción del recurso

Autor(es)
Gram, M.S.
Tipo
Artículo de Investigación
Área del conocimiento
Artes y Humanidades
Título
Lewis and the Possibility of Conceptual Analysis
Fecha
2018-10-30
Resumen
No me interesa saber si los problemas tradicionales de la metafísica pueden ser asimilados a los problemas de la clasificación. Lo que sí me interesa es examinar el modelo de análisis conforme al cual C.I. Lewis propone establecer los principios por medio de los cuales organizamos nuestra experiencia. Además quiero descubrir las propiedades que Lewis le atribuye a su modelo de análisis, y, por último, preguntarme si el análisis conceptual puede, en efecto, tener las propiedades asignadas por Lewis. Antes de entrar a examinar la teoría de Lewis consideremos ciertas cuestiones preliminares: a) Examinar el dominio de objetos del análisis categorial. Según Lewis lo que hacemos al analizar las categorías es informar acerca de lo que él llama significados intensionales, y éstos no son reducibles ni a palabras ni a cosas. b) ¿Cómo se distingue una categoría de los demás significados intenscionales? Lewis nos dice que éstas son clasificaciones de un tipo de realidad: los conceptos básicos que determinan las clases mayores de lo real. Pero esto no nos sirve para su distinción, ya que para él todo concepto es una clasificación de algún tipo de realidad. Entonces, la distinción entre categoría y concepto nos remitiría al problema de encontrar un criterio para decidir lo que es un concepto básico. Las propiedades del análisis conceptual son: a) El análisis de categorías se expresa por medio de proposiciones analíticas. Es difícil entender por qué debe ser el análisis conceptual analítico, según la teoría de Lewis. El que sea analítico es una consecuencia de lo que Lewis entiende por analiticidad, el énfasis es analítico porque expresa una identidad de significados. b) La oración explicativa se distingue de la abreviación porque ella no relaciona meramente un símbolo con otro. No se puede cambiar la identidad de significados al cambiar los símbolos que se usan para expresarla; la oración explicativa relaciona un significado con otro significado. c) Por último, las oraciones explicativas se distinguen de las definiciones de diccionario en que éstas son sintéticas, mientras que aquellas son analíticas, ya que expresan una identidad de significados. Las dificultades que presenta esta teoría son: a) Si el análisis expresa la relación entre dos significados, entonces los significados en cuestión no serían el mismo, y entonces no sería ya un análisis. Por mi parte, considero que la relación de significados en una oración explicativa es la relación que todo significado tiene consigo mismo, esto es: la relación de identidad. Pero si esto es así, ¿en qué sentido sería informativo un análisis? Seríamos informados acerca de las expresiones lingüísticas que se usan para expresar la identidad, pero esta clase de información no es la que se supone que un análisis nos da. (Esta teoría, presentada de esa manera, no puede explicar de qué manera un análisis categorial nos puede decir algo más en el analysandum de lo que es expresado en el analysans.) Esta información es lingüística; pero a pesar de este hecho no reducimos el análisis categorial a una mera afirmación acerca de palabras; sostengo que el análisis exhibe una relación lingüística de la cual no somos conscientes. Las exhibiciones de dichas relaciones, no obstante que pertenecen a las palabras, son diferentes de las afirmaciones sobre palabras (lingüísticas). Podemos tener varios grados de claridad acerca de los significados que poseemos; lo que hace el análisis categorial es establecer explícitamente lo que todos los que conciben un cierto concepto conocen implícitamente cuando clasifican una experiencia. La posesión implícita de un concepto consiste en la habilidad que se tiene para dar un análisis parcial de él, esto es, cuando podemos dar algunas reglas (u otras que deducimos) cuando usamos una palabra. Si siguiendo a Lewis entendemos por significado de un término la intención lógica, ésta consistiría en todas las consecuencias lógicas que se siguen de tal término. De la misma manera como no conocemos todas las consecuencias lógicas de los términos, así no sabemos el significado total de los términos que usamos. Siguiendo a Lewis, ¿en qué sentido sería informativo el análisis que estableciera estas consecuencias? Este problema no puede ser resuelto sin abandonar la teoría del significado de Lewis. La teoría alternativa que propongo se distingue de la de Lewis en que: a) Rechaza que la noción de significado intensional sea un término primitivo; en su lugar propongo la habilidad que se tiene para aplicar las palabras: la capacidad para aplicar correctamente una palabra a ciertos objetos y rehusar aplicarla a otros. b) La relación entre analysans y analysandum no es entre significados, sino que consiste en una relación entre una palabra que es mencionada y otras expresiones que nombran o describen los procedimientos para explicarla. c) La tercera diferencia radica en que la relación entre el analysandum y el analysans no es una relación necesaria; no se origina ninguna contradicción si aplicamos una palabra y no aceptamos las reglas que convencionalmente gobiernan su aplicación. En otras palabras, el análisis es un enunciado lógicamente contingente. d) Por último, siguiendo a Lewis no era posible explicar de qué manera un análisis es informativo de manera diferente a como lo es una información meramente lingüística. Un análisis es informativo en el sentido de que busca formular todas las reglas que gobiernan la aplicación de la palabra. Todo aquél que tiene un concepto conoce algunas de las reglas para aplicar una palabra, pero de esto no se sigue que conozca la mayoría de las reglas. Ejemplo: el concepto de posibilidad; para aplicar la palabra “posible” usamos diferentes reglas. Se puede objetar esta teoría y decir que pueden variar los criterios para aplicar una palabra y mantenerse el significado, por ejemplo: son diferentes los criterios de aplicación que tiene un zoólogo para la palabra “ballena” de los que tiene un lego y, sin embargo, el significado de “ballena” es el mismo. En este caso, lo que no cambia es el objeto significado, pero de esto no se sigue que el concepto permanezca siendo el mismo. Otra objeción a mi tesis es la que afirmaría que lo que sostiene es que se puede tener el concepto de f cuando se han dado las reglas para aplicar la palabra a las f’s, pero que el concepto de las reglas para aplicar la palabra no es el mismo que el concepto al cual se le aplica la palabra. Esta objeción confunde evidentemente el concepto de la regla con el concepto de la cosa al cual se le aplica la regla. La inferencia hecha en esta objeción es ilícita. Lo que sostengo es que mi concepto de f es analizable por una palabra que denota f junto con las reglas para la aplicación de la palabra. Pero de esto no se sigue que mi concepto de f es mi concepto de las reglas para aplicar las palabras a las f’s, sólo se sigue que mi concepto de f consiste en las reglas mismas como distintas de mi concepto de esas reglas. Podría haber aún un oponente insatisfecho que ofreciera la objeción siguiente a mi tesis: decir que asumo la postura que rechazo. En otras palabras, que la formulación de las reglas para aplicar una palabra asume una oración explicativa. La idea de una relación de implicación entre palabras no asume una teoría sobre los conceptos, pues la comprensión de lo que es una implicación lógica no presupone una comprensión previa de lo que es un concepto. Lo que sí se asume es que sí hay una implicación lógica entre las reglas para la aplicación de palabras. Aún puede haber otra objeción: la traducción de las oraciones del lenguaje natural a un cálculo formal asume la comprensión de los significados de las expresiones. ¿Se asume la noción de significado intensional al explicar la relación de implicación lógica? Por ejemplo: ¿”hermano” implica “varón célibe”? Lo que sí se asume es que hay expresiones en el lenguaje natural que son intercambiables; esto no es lo mismo que decir que los casos de expresiones intercambiables son casos de identidad de conceptos. Es cierto que existen problemas para dar un criterio efectivo para poder descubrir si dos expresiones son en efecto intercambiables, pero esto es enteramente otro problema. Lo que sostengo es que la mera introducción de definiciones como un medio para explicar nuestro conocimiento de la implicación lógica, no asume definiciones explicativas en el sentido en que lo sostiene la tesis de Lewis.
Idioma
eng
ISSN
ISSN electrónico: 1870-4905; ISSN impreso: 0011-1503

Enlaces