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022.#.#.a: ISSN impreso: 2007-4387; ISSN electrónico: 2448-7937

310.#.#.a: Anual

300.#.#.a: Páginas: 247-266

264.#.1.b: Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM

doi: https://doi.org/10.22201/iij.24487937e.2007.1.8032

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No entro en nada

No entro en nada 2

Artículo

Legisprudence: the Forms and Limits of Legislation

Flores, Imer B.

Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, publicado en Problema. Anuario de Filosofía y Teoría del Derecho, y cosechado de Revistas UNAM

Licencia de uso

Procedencia del contenido

Cita

Flores, Imer B. (2007). Legisprudence: the Forms and Limits of Legislation. Problema. Anuario de Filosofía y Teoría del Derecho; Número 1; 247-266. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/21961

Descripción del recurso

Autor(es)
Flores, Imer B.
Tipo
Artículo de Investigación
Área del conocimiento
Ciencias Sociales y Económicas
Título
Legisprudence: the Forms and Limits of Legislation
Fecha
2007-01-01
Resumen
En este artículo el autor argumenta que la ausencia de una explicación adecuada de la legislación al interior de la teoría del derecho, junto con la falta de legisladores y de las legislaturas en el discurso filosófico-jurídico, crea —y fortalecela presunción de que la adjudicación, los jueces y los tribunales son centrales al entendimiento del derecho. Por tanto, pretende no sólo equilibrar la relación entre legislación y adjudicación, al requerir que ambos cumplan los mismos estándares de coherencia y consistencia, predicción y aceptabilidad, racionalidad y objetividad, sino también explorar las formas y los límites de la legislación, al cuestionar desde el punto de vista del constitucionalismo la idea de que la legislación como una actividad soberana está completamente libre de límites. In this article the author claims that the absence of a an adequate explanation of legislation within legal theory, jointly with the lack of legislators and of legislatures in jurisprudential discourse, creates —and reinforcesthe presumption that adjudication, judges, and courts are central to the understanding of law. Hence, he intends not only to rebalance the relationship between legislation and adjudication, by requiring that both meet the same standards of coherence and consistency, predictability and acceptability, rationality and objectivity, but also to explore the forms and limits of legislation, by challenging from the point of view of constitutionalism the idea that legislation as a sovereign activity is completely limit-free.
Idioma
spa
ISSN
ISSN impreso: 2007-4387; ISSN electrónico: 2448-7937

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