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506.#.#.a: Público

590.#.#.d: Se reciben trabajos de cualquier autor independientemente de su ubicación geográfica y deben pasar por un proceso de revisión por pares doble ciego

510.0.#.a: Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT); Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal (Latindex); Scientific Electronic Library Online (SciELO)

561.#.#.u: https://www.juridicas.unam.mx/

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270.#.#.d: MX

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506.1.#.a: La titularidad de los derechos patrimoniales de esta obra pertenece a las instituciones editoras. Su uso se rige por una licencia Creative Commons BY-NC-ND 4.0 Internacional, https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode.es, para un uso diferente consultar al responsable jurídico del repositorio por medio del correo electrónico mexlawrev@gmail.com

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520.3.#.a: En el mundo digital, cada día millones de consumidores transfieren sus datos personales con el objetivo de acceder y utilizar las nuevas tecnologías en Internet. La industria tecnológica obtiene una enorme ganancia de estos da tos. Es un factor social y económico que los datos personales se utilizan como un activo en la economía digital. ¿Deberá el consumidor ser compensado por el valor de sus datos personales? Este artículo argumenta que es tiempo de reconocer legalmente el comercio de datos personales. Como respuesta al crecimiento del flujo de datos transfronterizos, algunos gobiernos protegen los datos personales con marcos de privacidad. Sin embargo, el consumidor puede dar su consentimiento para la transferencia de sus datos. Este artículo sostiene que un marco internacional que reconozca el comercio de datos personales generará una protección adecuada para el comercio digital, incentivará los flujos de datos transfronterizos libres y permitirá que el mercado determine el valor de los datos personales. Adicionalmente, el consumidor compartirá la ganancia obtenida por su información personal y controlará sus datos y privacidad. El uso de datos personales como un bien es una realidad que no puede seguir en negación. Es necesario crear estandares legales para comercializar con datos personales en una forma transparence, eficaz y justa. Este artículo tiene como objetivo comunicar al lector que la idea de comercializar con los datos personales para nada es surrealista ya que en práctica existe.

773.1.#.t: Mexican Law Review; Volume XII, number 2, january-june 2020; 87-117

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300.#.#.a: Páginas: 87-117

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No entro en nada

No entro en nada 2

Artículo

Legal Recognition of the Digital Trade in Personal Data

Tlacuilo Fuentes, Itzayana

Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, publicado en Mexican Law Review, y cosechado de Revistas UNAM

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Entidad o dependencia
Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM
Revista
Repositorio
Contacto
Revistas UNAM. Dirección General de Publicaciones y Fomento Editorial, UNAM en revistas@unam.mx

Cita

Tlacuilo Fuentes, Itzayana (2020). Legal Recognition of the Digital Trade in Personal Data. Mexican Law Review; Volume XII, number 2, 2020; 87-117. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/4147719

Descripción del recurso

Autor(es)
Tlacuilo Fuentes, Itzayana
Tipo
Artículo de Investigación
Área del conocimiento
Ciencias Sociales y Económicas
Título
Legal Recognition of the Digital Trade in Personal Data
Fecha
2019-12-04
Resumen
En el mundo digital, cada día millones de consumidores transfieren sus datos personales con el objetivo de acceder y utilizar las nuevas tecnologías en Internet. La industria tecnológica obtiene una enorme ganancia de estos da tos. Es un factor social y económico que los datos personales se utilizan como un activo en la economía digital. ¿Deberá el consumidor ser compensado por el valor de sus datos personales? Este artículo argumenta que es tiempo de reconocer legalmente el comercio de datos personales. Como respuesta al crecimiento del flujo de datos transfronterizos, algunos gobiernos protegen los datos personales con marcos de privacidad. Sin embargo, el consumidor puede dar su consentimiento para la transferencia de sus datos. Este artículo sostiene que un marco internacional que reconozca el comercio de datos personales generará una protección adecuada para el comercio digital, incentivará los flujos de datos transfronterizos libres y permitirá que el mercado determine el valor de los datos personales. Adicionalmente, el consumidor compartirá la ganancia obtenida por su información personal y controlará sus datos y privacidad. El uso de datos personales como un bien es una realidad que no puede seguir en negación. Es necesario crear estandares legales para comercializar con datos personales en una forma transparence, eficaz y justa. Este artículo tiene como objetivo comunicar al lector que la idea de comercializar con los datos personales para nada es surrealista ya que en práctica existe.
Tema
Digital Trade; Personal Data; Crossborder Data Flows; Digital Economy; Privacy Framework; Consumer; and Ownership Rights; Comercio Digital; Datos Personales; Flujo de Datos Transfronterizos; Economía Digital; Marco de Privacidad; Consumidor y Derecho de Propiedad
Idioma
eng
ISSN
ISSN impreso: 1870-0578; ISSN electrónico: 2448-5306

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