La seguridad como motivo radical de lo jurídico
Recansens Siches, Luis
Facultad de Derecho, UNAM, publicado en Revista de la Facultad de Derecho de México, y cosechado de Revistas UNAM
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650.#.4.x: Ciencias Sociales y Económicas
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336.#.#.3: Artículo de Investigación
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100.1.#.a: Recansens Siches, Luis
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653.#.#.a: Filosofía del derecho; historia del derecho; seguridad como motivo de lo jurídico; filosofía del derecho; historia del derecho; seguridad como motivo de lo jurídico; filosofía del derecho; historia del derecho; seguridad como motivo de lo jurídico; filosofía del derecho; historia del derecho; seguridad como motivo de lo jurídico.
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041.#.7.h: spa
520.3.#.a: Cierto que en el derecho deben encamar valores superiores, como el de justicia; cierto que el derecho debe ser el vehículo de realización de tales valores en la vida social; cierto que el derecho no estará justificado sino en la medida en que sirva a dichos valores;pero es cierto también que el derecho no surge primeramente como mero ejercicio de devoción a esos valores de superior rango, sino al impulso de una urgencia de seguridad.si nos preguntamos ¿por qué y para qué los hombres establecen el derecho? y si, para ello, tratamos de descubrir el sentido germinal del surgimiento del derecho en vista a percatamos de su esencia, caeremos en la cuenta de que la motivación radical que ha determinado el orto del derecho no deriva de las altas regiones de los valores éticos superiores,sino de un valor de rango inferior, a saber de la seguridad de la vida social.|cierto que en el derecho deben encamar valores superiores, como el de justicia; cierto que el derecho debe ser el vehículo de realización de tales valores en la vida social; cierto que el derecho no estará justificado sino en la medida en que sirva a dichos valores;pero es cierto también que el derecho no surge primeramente como mero ejercicio de devoción a esos valores de superior rango, sino al impulso de una urgencia de seguridad.si nos preguntamos ¿por qué y para qué los hombres establecen el derecho? y si, para ello, tratamos de descubrir el sentido germinal del surgimiento del derecho en vista a percatamos de su esencia, caeremos en la cuenta de que la motivación radical que ha determinado el orto del derecho no deriva de las altas regiones de los valores éticos superiores,sino de un valor de rango inferior, a saber de la seguridad de la vida social.|cierto que en el derecho deben encamar valores superiores, como el de justicia; cierto que el derecho debe ser el vehículo de realización de tales valores en la vida social; cierto que el derecho no estará justificado sino en la medida en que sirva a dichos valores;pero es cierto también que el derecho no surge primeramente como mero ejercicio de devoción a esos valores de superior rango, sino al impulso de una urgencia de seguridad.si nos preguntamos ¿por qué y para qué los hombres establecen el derecho? y si, para ello, tratamos de descubrir el sentido germinal del surgimiento del derecho en vista a percatamos de su esencia, caeremos en la cuenta de que la motivación radical que ha determinado el orto del derecho no deriva de las altas regiones de los valores éticos superiores,sino de un valor de rango inferior, a saber de la seguridad de la vida social.|cierto que en el derecho deben encamar valores superiores, como el de justicia; cierto que el derecho debe ser el vehículo de realización de tales valores en la vida social; cierto que el derecho no estará justificado sino en la medida en que sirva a dichos valores;pero es cierto también que el derecho no surge primeramente como mero ejercicio de devoción a esos valores de superior rango, sino al impulso de una urgencia de seguridad.si nos preguntamos ¿por qué y para qué los hombres establecen el derecho? y si, para ello, tratamos de descubrir el sentido germinal del surgimiento del derecho en vista a percatamos de su esencia, caeremos en la cuenta de que la motivación radical que ha determinado el orto del derecho no deriva de las altas regiones de los valores éticos superiores,sino de un valor de rango inferior, a saber de la seguridad de la vida social.
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022.#.#.a: ISSN: 1870-8722; ISSN electrónico: 2448-8933
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Recansens Siches, Luis
Facultad de Derecho, UNAM, publicado en Revista de la Facultad de Derecho de México, y cosechado de Revistas UNAM
Recansens Siches, Luis (2003). La seguridad como motivo radical de lo jurídico. Revista de la Facultad de Derecho de México; Vol 53, No 239 2003; 225-231. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/53423