dor_id: 53716
506.#.#.a: Público
590.#.#.d: Los artículos enviados a la "Revista de la Facultad de Derecho de México", se juzgan por medio de un proceso de revisión por pares
510.0.#.a: Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT); Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal (Latindex); Citas Latinoamericanas en Ciencias Sociales y Humanidades (CLASE); Base de Datos Bibliográfica de Humanidades y Ciencias Sociales (HUMANINDEX)
561.#.#.u: https://www.derecho.unam.mx/
650.#.4.x: Ciencias Sociales y Económicas
336.#.#.b: article
336.#.#.3: Artículo de Investigación
336.#.#.a: Artículo
351.#.#.6: https://revistas.unam.mx/index.php/rfdm/
351.#.#.b: Revista de la Facultad de Derecho de México
351.#.#.a: Artículos
harvesting_group: RevistasUNAM
270.1.#.p: Revistas UNAM. Dirección General de Publicaciones y Fomento Editorial, UNAM en revistas@unam.mx
590.#.#.c: Open Journal Systems (OJS)
270.#.#.d: MX
270.1.#.d: México
590.#.#.b: Concentrador
883.#.#.u: https://revistas.unam.mx/catalogo/
883.#.#.a: Revistas UNAM
590.#.#.a: Coordinación de Difusión Cultural
883.#.#.1: https://www.publicaciones.unam.mx/
883.#.#.q: Dirección General de Publicaciones y Fomento Editorial
850.#.#.a: Universidad Nacional Autónoma de México
856.4.0.u: https://revistas.unam.mx/index.php/rfdm/article/view/61510/54200
100.1.#.a: Sánchez Gil, Rubén
524.#.#.a: Sánchez Gil, Rubén (2007). LA DISYUNTIVA EN LA DEFENSA CONSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS: ¿CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL O JUICIO DE AMPARO?. Revista de la Facultad de Derecho de México; Vol. 57 Núm. 248, 2007; 301-322. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/53716
245.1.0.a: LA DISYUNTIVA EN LA DEFENSA CONSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS: ¿CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL O JUICIO DE AMPARO?
502.#.#.c: Universidad Nacional Autónoma de México
561.1.#.a: Facultad de Derecho, UNAM
264.#.0.c: 2007
264.#.1.c: 2017-08-16
653.#.#.a: Seguridad juridica; Contoversia constitucional o juicio de amparo
506.1.#.a: La titularidad de los derechos patrimoniales de esta obra pertenece a las instituciones editoras. Su uso se rige por una licencia Creative Commons BY-NC-SA 4.0 Internacional, https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/legalcode.es, para un uso diferente consultar al responsable jurídico del repositorio por medio del correo electrónico revista@derecho.unam.mx
884.#.#.k: https://revistas.unam.mx/index.php/rfdm/article/view/61510
001.#.#.#: 098.oai:ojs.pkp.sfu.ca:article/61510
041.#.7.h: spa
520.3.#.a: LOS TEMAS procesales constitucionales, han adquirido una inusitada complejidad en México en los últimos años. Ya antes de la reforma constitucional de diciembre de 1994, el desarrollo técnico del juicio de amparo requería un conocimiento profundo y especializado sobre este proceso, para acudir por su conducto ante los tribunales en condiciones óptimas; pero luego de la mencionada reforma, la defensa constitucional se elevó a niveles técnicos que no imaginamos, a pesar de que uno de sus principios es facilitar el acceso a ella para la mayor amplitud de defensa del orden constitucional.En la “nueva” configuración del sistema de defensa constitucional mexicano, la controversia constitucional y el juicio de amparo, pueden presentar dificultades en cuanto a su articulación, por las similitudes entre ambos procesos, que incluso han hecho a la Suprema Corte de Justicia de la Nación acogerse a los criterios acuñados en el juicio de amparo —con más de siglo y medio de práctica en nuestro país—, para resolver cuestiones relativas a la controversia constitucional; si bien estos problemas de articulación no son constantes, sí pueden darse y merecen discutirse y resolverse, porque de ello depende el respeto a nuestro orden constitucional. De echo, nuestra inquietud por este tópico resultó de; Nuestra modesta experiencia: se nos presentó el caso de un ayuntamiento que, por la naturaleza de la reforma legal que pretendía impugnar, dudó entre promover la controversia constitucional o el juicio de amparo, y una decisión no ponderada debidamente a este respecto, hubiera perjudicado gravemente los intereses de esa entidad pública que, en última instancia, corresponden a los de la sociedad entera.Por lo anterior nos parece que el tema no es de poca monta sino, por el contrario, de principal importancia. El debido conocimiento de los alcances de cada instrumento de defensa constitucional con que contamos, servirá a la delimitación de cada uno y a la claridad de nuestro ordenamiento jurídico, lo que a final de cuentas realizaría uno de sus valores esenciales: la seguridad jurídica.
773.1.#.t: Revista de la Facultad de Derecho de México; Vol. 57 Núm. 248 (2007); 301-322
773.1.#.o: https://revistas.unam.mx/index.php/rfdm/
022.#.#.a: ISSN: 1870-8722; ISSN electrónico: 2448-8933
310.#.#.a: Cuatrimestral
300.#.#.a: Páginas: 301-322
264.#.1.b: Facultad de Derecho, UNAM
doi: https://doi.org/10.22201/fder.24488933e.2007.248.61510
handle: 503744767aaa7cf7
harvesting_date: 2023-08-23 17:00:00.0
856.#.0.q: application/pdf
245.1.0.b: LA DISYUNTIVA EN LA DEFENSA CONSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS: ¿CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL O JUICIO DE AMPARO?
last_modified: 2023-08-23 17:00:00
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/legalcode.es
license_type: by-nc-sa
_deleted_conflicts: 2-0c9b5543a2e3160483083252da201015
No entro en nada
No entro en nada 2