dor_id: 44371

506.#.#.a: Público

590.#.#.d: Los artículos enviados a la Revista de Relaciones Internacionales de la UNAM se juzgan por medio de un proceso de revisión por pares

561.#.#.u: https://www.politicas.unam.mx/principal/index.php

650.#.4.x: Ciencias Sociales y Económicas

336.#.#.b: article

336.#.#.3: Artículo de Investigación

336.#.#.a: Artículo

351.#.#.6: http://www.revistas.unam.mx/index.php/rri

351.#.#.b: Revista de Relaciones Internacionales de la UNAM

351.#.#.a: Artículos

harvesting_group: RevistasUNAM

270.1.#.p: Revistas UNAM. Dirección General de Publicaciones y Fomento Editorial, UNAM en revistas@unam.mx

590.#.#.c: Open Journal Systems (OJS)

270.#.#.d: MX

270.1.#.d: México

590.#.#.b: Concentrador

883.#.#.u: http://www.revistas.unam.mx/front/

883.#.#.a: Revistas UNAM

590.#.#.a: Coordinación de Difusión Cultural

883.#.#.1: https://www.publicaciones.unam.mx/

883.#.#.q: Dirección General de Publicaciones y Fomento Editorial, UNAM

850.#.#.a: Universidad Nacional Autónoma de México

856.4.0.u: http://revistas.unam.mx/index.php/rri/article/view/56207/49829

100.1.#.a: Nieves Hernández, Efraín

524.#.#.a: Nieves Hernández, Efraín (2015). ¿Derecho internacional a migrar? Entre el derecho natural y el derecho positivo: el dilema de los derechos humanos de los migrantes. Revista de Relaciones Internacionales de la UNAM; No 120/121. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/44371

245.1.0.a: ¿Derecho internacional a migrar? Entre el derecho natural y el derecho positivo: el dilema de los derechos humanos de los migrantes

502.#.#.c: Universidad Nacional Autónoma de México

561.1.#.a: Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNAM

264.#.0.c: 2015

264.#.1.c: 2016-06-14

653.#.#.a: Migración; derechos humanos; derecho internacional; relaciones internacionales

506.1.#.a: La titularidad de los derechos patrimoniales de esta obra pertenece a las instituciones editoras. Su uso se rige por una licencia Creative Commons BY-NC-ND 4.0 Internacional, https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode.es, fecha de asignación de la licencia 2016-06-14, para un uso diferente consultar al responsable jurídico del repositorio por medio del correo electrónico revistarriiunam@politicas.unam.mx

884.#.#.k: http://revistas.unam.mx/index.php/rri/article/view/56207

041.#.7.h: spa

520.3.#.a: Es por todos aceptado que la migración es un fenómeno inherente al ser humano y que siempre ha estado y estará presente en el escenario internacional. en la historia de la humanidad, tal acción se ha constituido como una regla y no como una excepción; sin embargo, dicha movilidad (que se puede ubicar en el derecho natural) topa actualmente con un marco internacional (derecho positivo) que no acaba de incluirla como un derecho humano internacional. si entendemos que el ciclo migratorio internacional comprende salir de un país y entrar a otro, nos damos cuenta que la migración internacional no es un derecho humano que esté reconocido en instrumento internacional de derechos humanos alguno, de los que se ha provisto la comunidad internacional, pues no contemplan el derecho a entrar a país alguno de manera libre, mucho menos de manera indocumentada. en materia migratoria, el derecho internacional sigue supeditado a las normas internas de cada país para decidir quién y por dónde entra a su territorio y, mucho más aún, decidir qué extranjero puede optar por y conseguir vivir en él. ante esta distinción que se hace y se acepta en el ámbito internacional entre nacionales y extranjeros, los migrantes indocumentados son colocados en una situación de doble vulnerabilidad o de discriminación. en méxico, la legislación reproduce el esquema: el artículo 11 constitucional subordina el derecho a entrar a nuestro país a las facultades de la autoridad administrativa y lo dispuesto en la ley general de población.

773.1.#.t: Revista de Relaciones Internacionales de la UNAM; No 120/121

773.1.#.o: http://www.revistas.unam.mx/index.php/rri

046.#.#.j: 2021-05-27 00:00:00.000000

022.#.#.a: ISSN: 0185-0814; ISSN: 2448-8623

310.#.#.a: Cuatrimestral

264.#.1.b: Centro de Relaciones Internacionales, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNAM

758.#.#.1: http://www.revistas.unam.mx/index.php/rri

handle: 5d039ed12efe72ce

harvesting_date: 2021-04-09 00:00:00.0

856.#.0.q: application/pdf

last_modified: 2021-06-30 20:30:00

license_url: https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode.es

license_type: by-nc-nd

_deleted_conflicts: 2-b9c3be56c404fd238a7241eab6c10c70

No entro en nada

No entro en nada 2

Artículo

¿Derecho internacional a migrar? Entre el derecho natural y el derecho positivo: el dilema de los derechos humanos de los migrantes

Nieves Hernández, Efraín

Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNAM, publicado en Revista de Relaciones Internacionales de la UNAM, y cosechado de Revistas UNAM

Licencia de uso

Procedencia del contenido

Cita

Nieves Hernández, Efraín (2015). ¿Derecho internacional a migrar? Entre el derecho natural y el derecho positivo: el dilema de los derechos humanos de los migrantes. Revista de Relaciones Internacionales de la UNAM; No 120/121. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/44371

Descripción del recurso

Autor(es)
Nieves Hernández, Efraín
Tipo
Artículo de Investigación
Área del conocimiento
Ciencias Sociales y Económicas
Título
¿Derecho internacional a migrar? Entre el derecho natural y el derecho positivo: el dilema de los derechos humanos de los migrantes
Fecha
2016-06-14
Resumen
Es por todos aceptado que la migración es un fenómeno inherente al ser humano y que siempre ha estado y estará presente en el escenario internacional. en la historia de la humanidad, tal acción se ha constituido como una regla y no como una excepción; sin embargo, dicha movilidad (que se puede ubicar en el derecho natural) topa actualmente con un marco internacional (derecho positivo) que no acaba de incluirla como un derecho humano internacional. si entendemos que el ciclo migratorio internacional comprende salir de un país y entrar a otro, nos damos cuenta que la migración internacional no es un derecho humano que esté reconocido en instrumento internacional de derechos humanos alguno, de los que se ha provisto la comunidad internacional, pues no contemplan el derecho a entrar a país alguno de manera libre, mucho menos de manera indocumentada. en materia migratoria, el derecho internacional sigue supeditado a las normas internas de cada país para decidir quién y por dónde entra a su territorio y, mucho más aún, decidir qué extranjero puede optar por y conseguir vivir en él. ante esta distinción que se hace y se acepta en el ámbito internacional entre nacionales y extranjeros, los migrantes indocumentados son colocados en una situación de doble vulnerabilidad o de discriminación. en méxico, la legislación reproduce el esquema: el artículo 11 constitucional subordina el derecho a entrar a nuestro país a las facultades de la autoridad administrativa y lo dispuesto en la ley general de población.
Tema
Migración; derechos humanos; derecho internacional; relaciones internacionales
Idioma
spa
ISSN
ISSN: 0185-0814; ISSN: 2448-8623

Enlaces