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Artículo

Derecho a migrar: ¿el cumplimiento de la edad de los derechos?

Vitale, Ermanno

Facultad de Derecho, UNAM, publicado en Revista de la Facultad de Derecho de México, y cosechado de Revistas UNAM

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Procedencia del contenido

Cita

Vitale, Ermanno (2010). Derecho a migrar: ¿el cumplimiento de la edad de los derechos?. Revista de la Facultad de Derecho de México; Vol 60, No 253 2010; 47-64. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/53706

Descripción del recurso

Autor(es)
Vitale, Ermanno
Tipo
Artículo de Investigación
Área del conocimiento
Ciencias Sociales y Económicas
Título
Derecho a migrar: ¿el cumplimiento de la edad de los derechos?
Fecha
2017-06-21
Resumen
¿cuál es el lugar del ius migrandi –del derecho a migrar como facultad de cada uno de los individuos de atravesar las fronteras de los estados y de elegir libremente su residencia, temporal o definitiva, en aquella que bobbio ha definido como “la edad de los derechos”, recuperando con cautela la fórmula del obispo walter kasper, de acuerdo a la cual los derechos son el nuevo ethos mundial de la humanidad? cualquiera podríahacerme notar enseguida que la edad de los derechos como se la imaginaban bobbio y kasper ya ha culminado, y alguien más podría añadir que estamos ante el enésimo “post”: la post-edad de los derechos, o la edad de los postderechos(aunque nunca sabemos bien a qué cosa se refiere, hoy el prefijo “post” está muy de moda, como ustedes saben: postmodernidad, postdemocracia, etcétera).traducción de pamela rodríguez padilla con la colaboración de paula sofía vázquez sánchez y pedro salazar ugarte. |¿cuál es el lugar del ius migrandi –del derecho a migrar como facultad de cada uno de los individuos de atravesar las fronteras de los estados y de elegir libremente su residencia, temporal o definitiva, en aquella que bobbio ha definido como “la edad de los derechos”, recuperando con cautela la fórmula del obispo walter kasper, de acuerdo a la cual los derechos son el nuevo ethos mundial de la humanidad? cualquiera podríahacerme notar enseguida que la edad de los derechos como se la imaginaban bobbio y kasper ya ha culminado, y alguien más podría añadir que estamos ante el enésimo “post”: la post-edad de los derechos, o la edad de los postderechos(aunque nunca sabemos bien a qué cosa se refiere, hoy el prefijo “post” está muy de moda, como ustedes saben: postmodernidad, postdemocracia, etcétera).traducción de pamela rodríguez padilla con la colaboración de paula sofía vázquez sánchez y pedro salazar ugarte.
Tema
Derecho internacional; migración; derecho internacional; derecho internacional; migración; derecho internacional;
Idioma
spa
ISSN
ISSN: 1870-8722; ISSN electrónico: 2448-8933

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