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506.#.#.a: Público

502.#.#.a: Licenciatura

650.#.4.x: Ciencias Sociales y Económicas

336.#.#.b: bachelorThesis

336.#.#.3: Tesis de licenciatura

336.#.#.a: Trabajo de grado

351.#.#.6: http://oreon.dgbiblio.unam.mx/F?RN=993413179

351.#.#.b: TESIUNAM

351.#.#.a: Tesis

harvesting_group: TesiUNAM

270.1.#.p: Dirección General de Bibliotecas, UNAM en http://www.dgb.unam.mx/index.php/quienes-somos/dudas-y-comentarios

590.#.#.c: DSpace

270.#.#.d: MX

270.1.#.d: México

590.#.#.b: Concentrador

883.#.#.u: https://ru.dgb.unam.mx/

883.#.#.a: Repositorio de la Dirección General de Bibliotecas y Servicios Digitales de Información

590.#.#.a: Administración central

883.#.#.1: http://dgb.unam.mx/

883.#.#.q: Dirección General de Bibliotecas y Servicios Digitales de Información

850.#.#.a: Universidad Nacional Autónoma de México

856.4.0.u: http://132.248.9.195/ptb2010/junio/0659226/0659226_A1.pdf

100.1.#.a: Rodríguez Maldonado, Grecia Lucía

524.#.#.a: Rodríguez Maldonado, Grecia Lucía. (2010). "Deben derogarse las fracciones II del artículo 1712 y 1716 del Código civil para el estado de Michoacán, para que la fe pública del Notario sea plena". (Tesis de Licenciatura). Universidad Don Vasco, México. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/228440

720.#.#.a: Galván Murguía, Felipe Martín, asesor

245.1.0.a: Deben derogarse las fracciones II del artículo 1712 y 1716 del Código civil para el estado de Michoacán, para que la fe pública del Notario sea plena

502.#.#.b: Licenciatura en Derecho

502.#.#.c: Universidad Don Vasco A.C.

561.1.#.a: Escuela de Derecho, UDV

264.#.0.c: 2010

264.#.1.c: 2010

307.#.#.a: 2019-02-02

506.1.#.a: La titularidad de los derechos patrimoniales de esta obra pertenece a Rodríguez Maldonado, Grecia Lucía. Su uso se rige por una licencia Creative Commons BY-NC-ND 4.0 Internacional, https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode.es, fecha de asignación de la licencia 2010, para un uso diferente consultar al responsable jurídico del repositorio en bidi@dgb.unam.mx

884.#.#.k: https://ru.dgb.unam.mx/handle/DGB_UNAM/TES01000659226

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No entro en nada

No entro en nada 2

Trabajo de grado

Deben derogarse las fracciones II del artículo 1712 y 1716 del Código civil para el estado de Michoacán, para que la fe pública del Notario sea plena

Rodríguez Maldonado, Grecia Lucía

Escuela de Derecho, UDV, Tesis, y cosechado de Repositorio de la Dirección General de Bibliotecas y Servicios Digitales de Información

Licencia de uso

Procedencia del contenido

Cita

Rodríguez Maldonado, Grecia Lucía. (2010). "Deben derogarse las fracciones II del artículo 1712 y 1716 del Código civil para el estado de Michoacán, para que la fe pública del Notario sea plena". (Tesis de Licenciatura). Universidad Don Vasco, México. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/228440

Descripción del recurso

Autor(es)
Rodríguez Maldonado, Grecia Lucía
Asesor(es)
Galván Murguía, Felipe Martín, asesor
Tipo
Tesis de licenciatura
Área del conocimiento
Ciencias Sociales y Económicas
Título
Deben derogarse las fracciones II del artículo 1712 y 1716 del Código civil para el estado de Michoacán, para que la fe pública del Notario sea plena
Fecha
2010
Grado
Licenciatura en Derecho

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