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245.1.0.b: Criterios en materia de paridad de género en la postulación de candidatos ¿Garantismo, neoconstitucionalismo o algo distinto?

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No entro en nada

No entro en nada 2

Artículo

Cases about gender parity in candidate nominations. Guarantism, neoconstitutionalism or something else?

Mendoza Elvira, Gabriel

Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, publicado en Revista Mexicana de Derecho Electoral, y cosechado de Revistas UNAM

Licencia de uso

Procedencia del contenido

Cita

Mendoza Elvira, Gabriel (2017). Cases about gender parity in candidate nominations. Guarantism, neoconstitutionalism or something else?. Revista Mexicana de Derecho Electoral; Número 11, enero-junio 2017; 3-22. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/24757

Descripción del recurso

Autor(es)
Mendoza Elvira, Gabriel
Tipo
Artículo de Investigación
Área del conocimiento
Ciencias Sociales y Económicas
Título
Cases about gender parity in candidate nominations. Guarantism, neoconstitutionalism or something else?
Fecha
2018-04-11
Resumen
El primer viso de cuota de género en la postulación de candidatos en México aparece como un buen deseo en el código electoral de 1993. Es hasta 2002, al volverse obligatorio para los partidos políticos el registro con cuotas efectivas, que se presentan las primeras impugnaciones que generan una serie de criterios del Tribunal Electoral, los cuales han ampliado las posibilidades reales de acceso de las mujeres a los cargos de elección popular. De cara a las elecciones de 2016, el Instituto Nacional Electoral (INE) emitió un acuerdo para establecer criterios sobre esta materia, que la Sala Superior revocó bajo el simple argumento de falta de competencia de la autoridad administrativa para hacerlo. Ello da pie en este documento para analizar los criterios del órgano jurisdiccional al respecto e intentar definir una línea jurisprudencial. Si se analizan los principales criterios del tema, a la luz de las teorías jurídicas del constitucionalismo contemporáneo, principalmente las denominadas garantismo y neoconstitucionalismo, podemos advertir que el andar del Tribunal mediante sus criterios ha sido errático, pues, ha emitido criterios que se pueden ubicar en ambas teorías, incluso encontramos algún precedente de corte completamente formalista, el cual constituye un verdadero viraje en sus criterios.
Tema
gender parity; candidate nominations; guarantism; neoconstitutionalism; women politics participation; gender quotas; Mexican Election Court; Mexican National Electoral Institute; paridad de género; postulación de candidatos; garantismo; neoconstitucionalismo; participación política de la mujer; cuotas de género; Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México); Instituto Nacional Electoral (México)
Idioma
spa
ISSN
ISSN electrónico: 2448-7910

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